La Alcarria Obrera fue la cabecera más antigua de la prensa sindical en la provincia de Guadalajara en el siglo XX. Heredera del decimonónico Boletín de la Asociación Cooperativa de Obreros, comenzó a publicarse en 1906 y lo hizo ininterrumpidamente hasta que, en el año 1911, dejó paso a Juventud Obrera.

El odio de la burguesía y el terror al que fueron sometidas las clases populares provocaron su total destrucción: hoy no queda ni un sólo ejemplar de ese periódico obrero.

En 2007 recuperamos La Alcarria Obrera para difundir textos fundamentales y originales de la historia del proletariado militante, con especial dedicación al de Guadalajara, para que sirvan de recuerdo histórico y reflexión teórica sobre las bases ideológicas y las primeras luchas de los trabajadores en pos de su emancipación social.

20 de mayo de 2008

Estatutos del PCE en 1937

José Díaz, 1938 (Archivo La Alcarria Obrera)

En el año 1937 la sociedad española se debatía en un trágico dilema: reacción o revolución. Las estructuras del Estado habían saltado en añicos por efecto del golpe militar de julio de 1936 y los partidos y los hombres y mujeres que sustentaban la Segunda República habían sido desbordados por los acontecimientos. Obreros, campesinos, empleados... impulsaban la Revolución social encuadrados en la CNT y la UGT. Sólo el Partido Comunista de España, testimonial en 1931 y minoritario en 1936, parecía defender a la República democrática y sus instituciones, con una aparente moderación con la que se ganó las simpatías de amplios sectores de la burguesía. Un doble lenguaje que se mostraba sin pudor en sus Estatutos: organización vertical, obediencia ciega, subordinación del individuo a la colectividad, control partidario de las organizaciones de masas y de las estructuras sociales... El estalinismo en estado puro.

Estatutos del Partido Comunista de España
(Sección de la Internacional Comunista)
l. El Partido Comunista de España (Sección de la Internacional Comunista) representa la unión de todas las organizaciones comunistas existentes en el país, como jefe y organizador del movimiento obrero revolucionario y portaestandarte de los principios y de los objetivos del Comunismo. El Partido Comunista lucha por la conquista de la mayoría de la clase obrera y de las masas campesinas, por el establecimiento de la dictadura del proletariado, por la creación de la Unión de Repúblicas Soviéticas Socialistas, por la supresión de las clases y la realización del socialismo, primer paso hacia la sociedad comunista.
2. Puede ser miembro del Partido Comunista todo el que acepte el programa y los Estatutos, forme parte de la organización fundamental de base del Partido y trabaje activamente en la misma, se someta a todas las resoluciones del Partido y de la Internacional Comunista y pague regularmente sus cotizaciones.
LA ESTRUCTURA DEL PARTIDO
3. El organismo de base del Partido Comunista es la Célula (de fábrica, de mina, de cortijo, de tajo, de oficina, de almacén, de calle, etc.), que agrupa a todos los miembros del Partido que trabajan o viven en el lugar de que se trata.
4. El Partido Comunista se organiza sobre la base de los principios del centralismo democrático, cuyas normas fundamentales son: a) Elección de todos los órganos dirigentes del Partido, tanto inferiores como superiores, en las Conferencias y Congresos del Partido. b) Obligación para los órganos dirigentes del Partido, de dar periódicamente cuenta de su gestión ante sus electores. c) Ejecución obligatoria de las resoluciones de los órganos superiores para los inferiores: disciplina severa, realización inaplazable de las decisiones del Partido, de sus órganos y de sus centros dirigentes.
Las cuestiones del Partido sólo pueden ser discutidas por los afiliados y organizaciones de éste, mientras los órganos competentes del Partido no hayan tomado una decisión acerca de ellas. Las decisiones adoptadas por los Congresos de la I.C., por los Congresos y Conferencias del Partido Comunista y por sus órganos de dirección, deben ser puestas en práctica incondicionalmente, aun cuando una parte de los miembros del Partido o de las organizaciones no estén de acuerdo con ellas.
En determinadas condiciones especiales se consiente el nombramiento de los órganos inferiores por los superiores y la aplicación de la cooptación, con la ratificación subsiguiente por parte de los órganos superiores del Partido.
4. En cada provincia y pueblo no puede existir más que una sola organización del Partido Comunista, estructurado sobre la base celular y con sus correspondientes Comités de Radio, Comarcales y Comité Provincial.
5. El esquema de organización del Partido es el siguiente:
a) Sobre el territorio del país, el Congreso Nacional, el Comité Central.
b) Sobre la provincia, la Conferencia Provincial, el Comité Provincial.
c) Sobre la comarca, la Conferencia Comarcal, el Comité Comarcal.
d) Sobre el radio, la Conferencia de Radio, el Comité de Radio.
6. El sistema de subordinación, de responsabilidad y de apelación de todas las decisiones del Partido (de la instancia inferior y la superior), es el siguiente: Comité de Radio, Conferencia de Radio; Comité Comarcal, Conferencia Comarcal; Comité Provincial, Conferencia Provincial; Comité Central, Conferencia Nacional.
LOS ÓRGANOS CENTRALES DEL PARTIDO
7. El órgano superior del Partido en todo el país es el Congreso Nacional de los representantes de las organizaciones que forman parte del mismo.
8. El Congreso Nacional del Partido examina y confirma los informes del Comité Central, fija la línea del Partido y elige el Comité Central.
9. El Comité Central representa al Partido entre los Congresos, dirige toda su actividad, designa la redacción de los órganos centrales del Partido, dirige las organizaciones de masas nacionales, así como la fracción parlamentaria.
10. El Comité Central elige el Buró Político del Partido, que asegura lo dirección del Partido en el período que media entre sus reuniones.
11. Los delegados al Congreso Nacional del Partido serán nombrados a base de la proporción de afiliados que fije previamente el Comité Central.
LOS ÓRGANOS PROVINCIALES Y COMARCALES DE RADIO
12. Los órganos superiores en lo provincia, comarca y radio son las Conferencias Provinciales, Comarcales y de Radio.
13. Las Conferencias conocen y discuten el informe del Comité respectivo y todas las cuestiones del Partido dentro de la línea general trazada por los Congresos o Conferencias del Partido y de la I.C., eligen el Comité (provincial, Comarcal, de Radio) y fijan su residencia.
14. El Comité (Provincial, Comarcal, de Radio) representa la organización del Partido en el intervalo de las Conferencias, designa la redacción de los órganos del Partido, dirige las organizaciones de masas o través de las fracciones, así como las fracciones en la Diputación, en los Ayuntamientos, etc., según su radio de acción.
15. El Comité Provincial elige el Buró Provincial que dirige todo lo actividad en lo provincia en el intervalo de las reuniones del Comité Provincial. Los Comités Comarcales y de Radio nombrarán un Secretariado, o los efectos de lo dirección y control del trabajo.
16. Los Comités Provinciales se reunirán por lo menos una vez al mes. Los Burós Provinciales, así como los Comités de Radio, se reunirán, por lo menos, una vez a lo semana.
17. La Conferencia Provincial se reunirá normalmente cada año. Los Conferencias Comarcales se reunirán cado seis meses, y las Conferencias de Radio codo cuatro meses. El orden del día y lo fecha se comunicará al Comité superior.
18. Cuando los respectivos Comités lo crean conveniente, y previa consulto al Comité superior, convocarán conferencias extraordinarios.
LAS CÉLULAS
19. La Célula es el órgano base del Partido.
20. Para dirigir su actividad, controlar el trabajo de sus miembros y velar por la aplicación de los acuerdos, la Célula nombrará un Comité de Célula de tres o cinco miembros o un secretario, según la composición numérica de la misma. Las Células de empresa que estén integradas por varias secciones, nombrarán un Comité más amplio, de acuerdo a las necesidades del trabajo.
21. La Célula se reunirá reglamentariamente en la fecha fijada por ella.
LAS FRACCIONES
22. En todas las organizaciones obreras y campesinas, y en general en todas las organizaciones que tengan un carácter de masas, Alianzas O. y C., Milicias, Sindicatos, Cooperativas, Socorro Rojo Internacional, Comités Antifascistas, Asociaciones Culturales, deportivas, etc. y en sus Asambleas, Conferencias y Congresos, en sus directivas, así como en los Municipios, Diputaciones Provinciales, Parlamento, etc., deben ser organizadas fracciones comunistas aun no existiendo en los mismos más que dos miembros del Partido, con objeto de reforzar la influencia de este último y de llevar a la práctica su política en el seno de dichas organizaciones.
23. Las fracciones comunistas se hallan supeditadas a los órganos correspondientes del Partido. Las fracciones comunistas en las organizaciones de carácter local se hallan supeditadas al Comité de Radio; las de carácter comarcal, al Comité Comarcal; las de carácter provincial, al Comité Provincial, y las de carácter nacional, al Comité Central.
NORMAS QUE RIGEN LAS RELACIONES ENTRE LOS ÓRGANOS DEL PARTIDO
24. Las resoluciones del Comité Central son obligatorias para todas las organizaciones del Partido Comunista de España; las del Comité Provincial, para todas las organizaciones de la provincia; las del Comité Comarcal, para las de la comarca; y las del Comité de Radio, para las células que lo integran.
25. Las células y demás organizaciones del Partido tienen derecho a apelar a la organización inmediata superior contra las resoluciones del Comité de Radio, y éste contra las resoluciones del Comité Comarcal, etc. Sin embargo, mientras dichas resoluciones no hayan sido anuladas o modificadas por un órgano superior al que las haya tomado, su ejecución es obligatoria para todas las organizaciones afectadas.
26. Los órganos dirigentes del Partido tienen derecho a anular o modificar las resoluciones o acuerdos de las organizaciones del Partido, así como a tomar decisiones obligatorias para los miembros de esas organizaciones. Cuando un Comité del Partido tenga necesidad de anular la resolución de una organización, debe dar cuenta inmediatamente al Comité superior para que sea ratificada dicha anulación.
27. Los órganos dirigentes del Partido, tienen el derecho de intervenir en todas las reuniones de los órganos inferiores.
FINANZAS DEL PARTIDO
Cada afiliado al Partido pagará una cuota mensual en proporción con el salario que gane, con arreglo a la siguiente escala:
a) los que ganen un jornal hasta 5,90 por día pagarán 0,50 por mes.
b) De 6 a 7 pesetas, 1 peseta por mes.
c) De 7 a 8,50 pesetas, 1,50 pesetas por mes.
d) De 8,50 a 10 pesetas, 2 pesetas por mes.
e) De 10 a 12 pesetas, 2,50 pesetas por mes.
f) De 12 a 15 pesetas, 3 pesetas por mes.
g) los que ganen de 15 pesetas en adelante pagarán 5 pesetas por mes.
h) los parados no cotizan durante el tiempo de pago, pero están obligados a proveerse de los sellos especiales para parados.
Las organizaciones del Partido podrán aumentar la cotización si sus necesidades lo requieren y la situación económica de sus afiliados lo permite. En este caso deberán dar cuenta de su acuerdo a los órganos superiores.
Las cotizaciones de los afiliados serán distribuidas de la siguiente manera:
10 por 100 para el Comité Central, 20 por 100 al Comité Provincial, 20 por 100 al Comité Comarcal, 20 por 100 al Comité de Radio y 30 por 100 a la Célula.
Cada afiliado tendrá que proveerse de su correspondiente carnet. El precio del carnet lo fijará el C.C. y su importe se distribuirá a base del 50 por 100 para el C.C. y el resto para los demás organismos, en la misma proporción que las cotizaciones.
RELACIONES ENTRE LAS ORGANIZACIONES DEL PARTIDO COMUNISTA
Los Comités de Células están obligados a remitir sistemáticamente al Comité de Radio las actas de sus reuniones, así como los informes del trabajo realizado.
Los Radios están obligados a informar periódicamente de todo el trabajo realizado al Comité Comarcal, si está constituido, o al Comité Provincial. El Comité Comarcal al Comité Provincial y éste al Comité Central.
El Comité Provincial, Comarcal, de Radio y de Célula, informarán rápidamente a sus organismos inferiores de todas las instrucciones, decisiones y acuerdos de los órganos superiores. Todas las organizaciones del Partido deben mantener un contacto estrecho desde el punto de vista de organización y de información, estableciendo la representación recíproca en las reuniones y Conferencias, de acuerdo con los Comités superiores.
La renuncia a los cargos por parte de miembros o grupos de miembros de los Comités de las organizaciones, es considerada como desorganización del movimiento comunista. Cada cargo de dirección del Partido pertenece a todo el Partido y no al depositario del mandato correspondiente. Los miembros elegidos por los órganos directivos de las organizaciones, pueden dimitir sus cargos antes de la renovación de los mismos, únicamente de acuerdo con el C.C. del Partido. Las dimisiones aceptadas por los organismos dirigentes sin la conformidad del C.C. no son válidas.
Los Congresos o Conferencias, tanto ordinarios como extraordinarios, de las organizaciones inferiores, deben convocarse de acuerdo con el organismo superior.
El traslado de los miembros de las organizaciones del Partido Comunista de España de un lugar a otro, se permitirá únicamente con la autorización del Comité de la organización a que pertenecen.
Los comunistas que cambien de residencia están obligados a entrar a formar parte de la organización del lugar al cual se han trasladado. Los que salgan de un lugar sin autorización del Comité de su organización, no pueden ser aceptados en las otras organizaciones del Partido Comunista de España.

19 de mayo de 2008

El porvenir del pueblo, de Robert Lamennais

Robert Lamennais fue un conocido propagandista católico francés nacido en el año 1782. En su juventud, luchó contra la Revolución Francesa y combatió la filosofía ilustrada desde posiciones ultramontanas. Ordenado sacerdote, escribió diversas obras de agitación católica que le dieron mucha popularidad dentro y fuera de Francia. En 1834 publicó su libro Palabras de un creyente, desengañado por la posición del Papa Gregorio XVI en los conflictos de Polonia y Bélgica, países católicos que luchaban por su independencia. La desautorización de sus ideas por el Papa, en la encíclica Singulari nos, le apartó poco a poco de la Iglesia Católica y de su doctrina; Mijaíl Bakunin dijo de él que “si hubiera vivido más, habría acabado por ser ateo”. Su permanente preocupación por la cuestión social se reflejó en sus últimos textos. Ofrecemos el capítulo final de su libro Sobre el pasado y el porvenir del pueblo, escrito en la primavera de 1841.

Como se efectuará el cambio que debe realizarse en el estado actual del pueblo
Proletarios, hombres del pueblo, vosotros tenéis que completar vuestra emancipación, realizar el derecho fundado sobre la igualdad de la Naturaleza; y para eso es preciso, primeramente, que comprendáis que con un deseo muy sincero de dirigiros hacia este fin, al que debéis tender incesantemente, podéis engañaros por falsos espejismos, alejaros hacia lo contrario, y apartaros a vías funestas.
Os es necesario comprender todavía que el estado mejor a que aspiráis y al cual Dios mismo os ordena aspirar, no se producirá por un cambio repentino, sino como todas las cosas del universo, por un desenvolvimiento continuo, por un constante trabajo, un trabajo de cada día, del cual diariamente recogeréis el fruto que será como el germen de otros nuevos, siempre más abundantes.
Cuando se arroja una semilla en un campo preparado para recibirla, da una primera cosecha que, vuelta a sembrar con el mismo cuidado, da otra diez veces mayor, veinte quizá. Así suceden con las simientes del bien que confiaréis al campo, para vosotros estéril, entretanto que trabajáis y otros recogen.
No os abandonéis, no os acobardéis por demasiada impaciencia; nada se hace sino con la ayuda del tiempo. Debéis tener entendido y no olvidarlo jamás, que la vida presente es de combate y de sufrimiento, porque el término de nuestros deseos infinitos no está aquí, porque tenemos una función grande que llenar, pero laboriosa; que no vivimos simplemente para vivir, sino para cumplir una tarea santa. Asociados a la acción de Dios en la eterna producción de su obra, tenemos, como él, que crear un mundo.
Habiendo expuesto el hecho primitivo de la unidad de naturaleza y de la igualdad que implica, se desprende un derecho: la libertad; y ésta es la que tenéis que realizar, porque no es más que la igualdad no solamente abstracta sino efectiva, viviente por decirlo así. ¿Puede concebirse que seres iguales no sean recíprocamente libres; que un hombre igual á otro dependa de éste?
La potencia del derecho reside completamente en el dogma que, prestándole una ley primera y necesaria, justifica a la razón, al mismo tiempo que la diviniza aproximándola á Dios; y en efecto, todo derecho que no se eleva hasta Dios, que no tiene su raíz en él, en las leyes esenciales y eternas del soberano Ser, no es más que un derecho quimérico; una sombra sin sustancia, una ilusión del espíritu. Es porque la Religión, es decir, el conocimiento del dogma ó de las leyes necesarias del Ser absoluto y de los seres creados y la fe en el dogma, es una condición indispensable de la realización del derecho. ¿Cómo realizarlo sin creencias? Y ¿cómo se creerá firmemente, constantemente, sin razón de creer? También en todos los siglos el dogma ha determinado, siguiendo el progreso de la inteligencia, la noción del derecho y su aplicación á la sociedad.
La Religión y el dogma no es solamente el derecho, y la razón del derecho, es todavía el deber y la razón del deber; y sin el deber que se resume en la mutua abnegación, en el sacrificio de sí mismo, en la fraternidad, como el derecho se resume en la libertad, ésta caería en un principio de tiranía, puesto que no teniendo cada uno otra regla que su derecho, no tendría otra que su codicia y su fuerza y un principio de disolución irremediable, ya que los hombres, sin lazo común, se reconcentrarían en el puro individualismo ó en el egoísmo más absoluto.
Además, el trabajo que implica la realización del derecho para producir sus frutos, continúa sin cesar, se prolonga de generación en generación; si cada uno no se cuidase más que de sí, se encerrara en el círculo estrecho de su propia existencia, de su propio interés, nada cambiaría en la sociedad, y el mal que daría, sería eterno. Esforzarse para sustraerse individualmente, sería arrojar el peso sobre los demás, volver su condición peor, único medio de mejorarse á sí mismo; y la opresión que en todos los tiempos ha pesado en grados diversos sobre la raza humana, no tiene otro origen.
Por lo demás, cuando se trata, sea de luchar contra abusos organizados, aprovechables a clases enteras unidas desde luego para defenderlos y perpetuados, sea de cumplir una obra fecunda, el individuo es impotente, le es preciso un apoyo, una ayuda; es necesario, en una palabra, que muchos se concierten y se asocien para obrar en común.
Precisamente, quien dice asociación, dice libertad, libertad de cada asociado ante los demás, libertad de todos ante el Estado. ¿Hay esta asociación entre el buey y el que le unce al arado? ¿Qué importa que el que lo unce se llame Pedro ó se llame Estado?
Después, ninguna asociación libre es posible sin un lazo moral, si cada uno no se cree, no se siente obligado hacia los demás; si todos no tienen este sentimiento, esta creencia íntima de donde resulta, con la seguridad mutua, la unidad. No hay asociación libre ni acción eficaz para combatir el mal y realizar el bien sin el deber y la fe en el mismo.
Recordemos, entretanto, que el problema de la extinción del proletariado o del porvenir del pueblo se resume en esto: Las condiciones morales, es decir: el conocimiento del derecho y del deber, la fe en éstos existente; realizar para el proletario las condiciones de la libertad que le faltan todavía.
Las condiciones que le faltan, siempre supuesta la fe religiosa, son, de una parte, la condición política de la participación en el gobierno, en la administración de los negocios comunes, y la material de la propiedad.
De la participación en el gobierno ó del que de los derechos del ciudadano depende, en primer lugar, su libertad personal; porque, ¿cómo será libre si los otros hacen sin su concurso las leyes que debe obedecer por opresivas que para él fuesen; si desprovisto de voluntad, sometido a su pasividad, dispondrán de él con un poder supremo? ¿No es esto la esclavitud? ¿No es esto, en una sociedad que proclama la igualdad de sus miembros y su indivisible soberanía, la negación completa, no solamente de esta soberanía y de la igualdad, sino de la propia personalidad en lo que no son para esta sociedad más que instrumentos de trabajo, en aquellos que reduce políticamente al estado de máquinas ciegas?
En segundo lugar, los detentadores del poder público, no habiendo podido tener, reservándose la exclusiva posesión, otro motivo de usar para su interés, tal como ellos lo conciben falsa y neciamente, como opuesto al interés general, sus leyes dirigidas á este fin, opondrán siempre un obstáculo insuperable a la realización de la condición material de la libertad en provecho de las clases, entre tanto avasalladas, y tenderán, por el contrario, a concentrar de más en más la riqueza producida en las manos de los privilegiados.
Proletarios, hombres del pueblo, uníos, pues, para conquistar desde luego el complemento de vuestros derechos personales, el derecho político que se os rehúsa, porque se sabe que con él estaríais bien pronto en posesión de los demás; porque participando en la confección de la ley, ésta no sería hecha en beneficio exclusivo del pequeño número y en detrimento de todos los demás. Y puesto que vuestros dueños no os dejan otro medio legal de acción que el que resulta del derecho de petición consagrado por la Carta, firmad peticiones, multiplicadlas, ahogad con ellas la tiranía que sufrís.
Cuando la hayáis vencido, y la venceréis indudablemente si obráis con concierto y perseverancia, no os faltará más que una condición de la libertad: la propiedad. Habéis visto, en efecto, en la serie de las edades desenvolverse la propiedad a medida que se desenvolvía la libertad; poned el último sello, encarnadla, por decirlo así, transportadla del orden abstracto del derecho á la sombra de las realidades efectivas, y como la libertad se resuelve en la individualidad, que nadie es libre si no lo es individualmente, la propiedad se resuelve en la individualidad; es individual ó no lo es. Nosotros creemos haberlo claramente probado discutiendo el sistema de los socialistas y de los comunistas.
Se trata una vez más de saber por qué vías podríais llegar á crearos una propiedad. Quien está privado de toda propiedad no puede creársela sino por medio del trabajo. Es, pues, con vuestro trabajo como podéis adquirir el complemento de vuestra libertad.
El trabajo, en efecto, es indispensable para la producción de la riqueza. Si todo trabajo se suspendiese durante dos años, ¿qué quedaría de la riqueza subsistente en la actualidad? Nada o casi nada. La tierra, estéril para el hombre, le rehusaría la subsistencia y todo cuanto sirve para su mantenimiento; y a las comodidades de la vida, estando consumida, la miseria seria mucho mayor que la de los salvajes colocados en el último grado de la escala de la humanidad. Vosotros sois los que producís diariamente la riqueza; si así no fuese desaparecería inmediatamente. La verdadera causa del mal está, pues, mucho menos en la mala distribución de la riqueza ya producida que en la repartición viciosa de la riqueza que se produce diariamente. Esta repartición viciosa, progresivamente mejorada, llegará á ser cada día más equitativa tan pronto como conquistéis el pleno goce de vuestros derechos personales y políticos, concurriendo con espíritu de justicia y prudencia á la confección de la ley. Porque entonces el trabajo no dependerá de la riqueza, sino la propiedad será la que dependa del trabajo, según el orden natural de las cosas; y esto es por lo que dijimos: “El trabajo emancipado, dueño de sí y dueño del mundo”.
¿Qué es el trabajo emancipado dueño de sí? Es el trabajo libre de las trabas que le hacen más ó menos improductivo para el trabajador. Primeramente: las trabas legales. Las leyes, en efecto, tal como son aplicadas no permiten á los trabajadores defender libremente sus intereses con los contratistas del trabajo; ellas favorecen á éstos y los constituyen en un verdadero estado de servidumbre. Estas leyes opresivas pueden ser abolidas en un cuarto de hora. Las cadenas que ha formado el egoísmo se quebrarán en cuanto el pueblo soberano las toque con el dedo.
Segundo: las trabas intelectuales. El trabajo tiene dos elementos: la fuerza física, la fuerza brutal y la inteligencia que lo dirige. Cuanto más se desarrolla la inteligencia y se extiende la instrucción, el trabajo es más productivo. La instrucción falta al trabajador, y desde este punto de vista se halla casi en estado de servidumbre. Saldrá de él por la institución de una vasta enseñanza gratuita que deberá comprender la instrucción general y la profesional.
Tercero: trabas materiales. El trabajador legalmente libre y poseyendo la medida de instrucción que su capacidad nativa le permite adquirir, no estará por eso más emancipado; no será dueño de sí, de su trabajo, si la materia a que lo aplica, si el instrumento que emplea, si el capital, en fin, no le son directamente accesibles.
Cualquiera que puede suministrar un valor, una garantía, una hipoteca, encuentra en seguida un capital equivalente por más ó menos. Mas esta hipoteca, esta garantía, ¿cómo puede suministrarla el trabajador? No tiene, lo repetimos, más que su trabajo; su trabajo futuro. Nada de capital para el trabajador, a menos que el trabajo futuro, adquiriendo un valor venal, no sea canjeable con el capital, o no sea una garantía, una hipoteca.
Lo decimos con seguridad después de largas y maduras reflexiones; nada más fácil en sí cuando se quiere verdaderamente. Se puede esperar este fin por las combinaciones diversas que, sin llevar el más ligero desorden en lo que es, sin inquietar en manera alguna la propiedad adquirida, que importa, al contrario, preservar de todo quebranto, porque ella es el capital, ofrecerían un medio progresivamente más eficaz para aliviar la pobreza y las miserias accidentales, que siempre subsistirán, aunque siempre menos numerosas. Sin embargo, ninguno de estos bienes puede ser adquirido más que por la asociación. Es la base indispensable de todo mejoramiento. Por lo demás, no podríamos tratar este punto sin entrar en algunos detalles, y esto no es el objeto de nuestro escrito, en el que nos hemos propuesto únicamente determinar las condiciones generales de la solución del porvenir del pueblo.
La sociedad le debe la libertad legal, la instrucción necesaria para el desenvolvimiento de la inteligencia, el alimento del espíritu, el capital que le asegurará, real y no ficticiamente, la propiedad de su trabajo. He aquí lo que le debe, lo que puede darle; pero no puede más que eso: el resto depende del pueblo, sólo de él.
Los medios de instrucción no son la instrucción, es preciso que la adquiera por una labor continua, incesante. Un capital, sin la experiencia y los conocimientos que se necesitan para su empleo ¿qué produciría?, ¿a quién aprovecharía? Infecundo en las manos inhábiles a que se habría confiado imprudentemente, perecería bien pronto sin beneficio para nadie. El bien deseado, el bien que ciertamente se realizará, a pesar de las resistencias egoístas, no se cumplirá, pues, más que con la ayuda del tiempo, por un movimiento gradual, que es el del progreso de todas las cosas, el movimiento mismo de la vida, su expansión en el Universo.
Proletarios, hombres del pueblo, guardaos de sistemas engañadores, que os sacarán de las vías naturales, providenciales y divinas: lejos de aliviar vuestros males, los agravarán; os cavarán en el porvenir un abismo más profundo de sufrimientos y miserias. No sin lucha contra un dolor, contra la naturaleza y contra Dios impunemente; la violencia de toda ley encierra en sí el castigo inevitable de esta misma violencia.
Proletarios, hombres del pueblo, acordaos también, acordaos sobre todo de que, separado del deber el derecho, inerte y muerto, no será jamás más que una idea estéril y nunca encarnará en el orden social; que si la igualdad implica la libertad, de la que es inseparable, la libertad no implica menos la abnegación mutua y la fraternidad, no menos inseparables; y que la fraternidad como la libertad y la igualdad, la igualdad y la libertad como la fraternidad, no son más que palabras vanas si el alma entera no las acoge con poderosa fe; si no tienen unas para otras el carácter santo de un dogma eterno, de una ley absoluta.

18 de mayo de 2008

Programa del Partido Socialista Obrero Español

Reunión de propaganda electoral del PSOE, Madrid, 1903 (Archivo La Alcarria Obrera)

El PSOE ha tenido a lo largo de los años un Programa máximo, aquel que definía la sociedad hacia cuya consecución se dirigían todos los trabajos y desvelos del partido, y un Programa mínimo, que señalaba a corto plazo la vía por la que encaminarse pausadamente para alcanzar tan hermosos ideales. Presentamos aquí el Programa General del PSOE, con el que los socialistas concurrieron a las elecciones del año 1903. Destaca la moderación de la mayoría de sus peticiones, aunque se presentasen con un desmesurado radicalismo verbal, y la orientación marcadamente obrerista de las reivindicaciones económicas del socialismo hispano, que apenas denunciaba los aspectos más negativos del sistema político de la España de la Restauración. La interpretación estrictamente clasista del marxismo, condenó al PSOE al fracaso electoral hasta que, en los comicios de 1910, Pablo Iglesias aceptó coaligarse con los republicanos.

Considerando:
Que esta sociedad es injusta porque divide á sus miem­bros en dos clases desiguales y antagónicas: una, la burgue­sía, que, poseyendo los instrumentos de trabajo, es la clase dominante; otra, el proletariado, que, no poseyendo más que su fuerza vital, es la clase dominada;
Que la sujeción económica del proletariado es la causa primera de la esclavitud en todas sus formas: la miseria so­cial, el envilecimiento intelectual y la dependencia política;
Que los privilegios de la burguesía están garantizados por el Poder político, del cual se vale para dominar al proletariado.
Por otra parte:
Considerando que la necesidad, la razón y la justicia exigen que la desigualdad y el antagonismo entre una y otra clase desaparezcan, reformando ó destruyendo el estado so­cial que los produce;
Que esto no puede conseguirse sino transformando la propiedad individual ó corporativa de los instrumentos de tra­bajo en propiedad común de la sociedad entera;
Que la poderosa palanca con que el proletariado ha de destruir los obstáculos que á la transformación de la pro­piedad se oponen ha de ser el Poder político, del cual se vale la burguesía para impedir la reivindicación de nuestros de­rechos.
El Partido Socialista declara que tiene por aspiración:
1º La posesión del Poder Político por la clase tra­bajadora,
2° La transformación de la propiedad individual ó corporativa de los instrumentos de trabajo en propie­dad colectiva, social o común. Entendemos por instrumentos de trabajo la tierra, las minas, los transportes, las fábricas, máquinas, capital-mone­da, etc. etc.
3° La organización de la sociedad sobre la base de la federación económica, el usufructo de los instrumen­tos de trabajo por las colectividades obreras, garantizando a todos los miembros el producto total de su tra­bajo, y la enseñanza general científica y especial de cada profesión a los individuos de uno u otro sexo.
4º La satisfacción por la sociedad de las necesida­des de los impedidos por edad ó padecimiento.
En suma: el ideal del Partido Socialista Obrero es la completa emancipación de la clase trabajadora; es de­cir, la abolición de todas las clases sociales y su conver­sión en una sola de trabajadores, dueños del fruto de su trabajo, libres, iguales, honrados é inteligentes.
El Partido Socialista Obrero considera necesario para realizar su aspiración obtener las siguientes medidas políticas y económicas.
Políticas
Derechos de Asociación, de Reunión, de Petición, de Ma­nifestación y de Coalición. Libertad de la Prensa. Sufragio universal. Seguridad individual. Inviolabilidad de la correspondencia y del domicilio. Abolición de la pena de muerte. Justicia gratuita. Jurado para toda clase de deli­tos. Supresión de los ejércitos permanentes y armamento general del pueblo. Abolición de la Deuda pública. Supresión del impuesto del Clero y confiscación de sus bienes.
Económicas
Jornada legal de ocho horas de trabajo para los adul­tos. Prohibición del trabajo de los niños menores de 14 años y reducción de la jornada de trabajo a seis horas para los de 14 a 16. Salario mínimo legal, determinado cada año por una Comisión de Estadística obrera, con arreglo a los precios de los artículos de primera necesidad. Salario igual para las obreras que para los obreros. Descanso de un día por semana, ó prohibición legal a los industriales de hacer tra­bajar a los obreros más de seis días por cada siete. Prohibición del trabajo de las mujeres cuando éste sea poco higiénico ó contrario á las buenas costumbres. Creación de Co­misiones de Vigilancia, elegidas por los obreros para ins­peccionar las habitaciones en que éstos viven, las minas, fábricas, talleres y demás centros de producción. Protección á las Cajas de socorro y pensiones a los inválidos del trabajo. ­Reglamentación del trabajo de las prisiones. Creación do escuelas profesionales y de primera y segunda enseñanza, gratuita y laica. Responsabilidad de los patronos en los accidentes del trabajo, garantizada por una fianza metálica depo­sitada por el industrial en las Cajas de las Sociedades obreras y proporcional al número de trabajadores empleados y á los peligros que presente la industria. Reforma de las leyes de inquilinato y desahucio, y de todas aquellas que tiendan directa ó indirectamente a lesionar los intereses de la clase trabajadora. Anulación de todos los contratos enaje­nando la propiedad pública (ferrocarriles, minas, arsena­les, etc.) y explotación de todos los talleres del Estado por las Sociedades obreras. Abolición de todos los impuestos in­directos y transformación de los directos en un impuesto progresivo sobre las rentas o beneficios mayores de 3.000 pesetas.
Y todas cuantas medidas conduzcan al término de la es­clavitud obrera.