La Alcarria Obrera fue la cabecera más antigua de la prensa sindical en la provincia de Guadalajara en el siglo XX. Heredera del decimonónico Boletín de la Asociación Cooperativa de Obreros, comenzó a publicarse en 1906 y lo hizo ininterrumpidamente hasta que, en el año 1911, dejó paso a Juventud Obrera.

El odio de la burguesía y el terror al que fueron sometidas las clases populares provocaron su total destrucción: hoy no queda ni un sólo ejemplar de ese periódico obrero.

En 2007 recuperamos La Alcarria Obrera para difundir textos fundamentales y originales de la historia del proletariado militante, con especial dedicación al de Guadalajara, para que sirvan de recuerdo histórico y reflexión teórica sobre las bases ideológicas y las primeras luchas de los trabajadores en pos de su emancipación social.

2 de febrero de 2012

Semblanza biográfica de Joaquín Sancho Garrido

La figura del conde de Romanones oscurece el recuerdo de los demás políticos de Guadalajara, algunos de ellos con más méritos y con más dedicación a la provincia que el siempre recordado Álvaro de Figueroa. De la élite liberal que protagonizó el fin del Antiguo Régimen y el tránsito desde el liberalismo a un sistema democrático, ya en el Sexenio Revolucionario, rescatamos la personalidad de Joaquín Sancho Garrido. Lo hacemos de la mano de Julio de Sigüenza, un famoso literato y estudioso erudito de Miguel de Cervantes del que hoy es tarea casi imposible encontrar algún leve rastro. Su semblanza de Joaquín Sancho Garrido se publicó en Biografías de los Diputados a Cortes de la Asamblea Constituyente de 1869, que vio la luz en Madrid ese mismo año. De su mano descubriremos asuntos ya olvidados del personaje y de la Guadalajara de su tiempo. 

D. Joaquín Sancho y Garrido, hijo de D. Francisco de Paula y de Doña María Garrido, labradores de Taracena, en la provincia de Guadalajara, nació en dicha villa el 24 de setiembre de 1815.
Las muestras que de su talento privilegiado dio a conocer desde su niñez hicieron que su señora madre, separándose del deseo que había concebido de que el fruto de sus amores tomase a su cargo la administración y manejo de sus haciendas, puesto que el padre había muerto cuando solo tenía D. Joaquín doce años, y viéndose en situación desahogada, pensara en utilizar sus recursos atendiendo al desarrollo intelectual de su hijo.
Bullían en éste las grandes ideas, que son siempre hijas de esa ambición noble y pura del que todo lo quiere abarcar en fuerza de su inteligencia superior, y nada más fácil a proporcionarle ese anhelado término que el estudio de la Jurisprudencia.
La facilidad de ser costeada entonces cualquier carrera literaria aún por la más modesta fortuna, sin embargo de que el Sr. Sancho se encontraba en buena posición; unido a la poca distancia que de Guadalajara separa a la antigua Complutum de los romanos y luego Alcalá de los árabes, movieron a la cariñosa viuda a enviar a su hijo D. Joaquín Sancho a la Universidad de Alcalá de Henares, templo del saber fundado por el gran cardenal Cisneros, y cuna siempre de los hombres más ilustres de nuestra patria, con objeto de empezar en ella sus estudios.
Trasladada dicha Universidad a Madrid, el Sr. Sancho terminó en ésta su carrera, obteniendo en 1841 el título de abogado y estableciéndose para el ejercicio de la ciencia en la ciudad de Guadalajara, donde constantemente ha vivido.
De esta época data la gran reputación que el ilustrado representante alcarreño goza dentro y fuera de su provincia, como abogado de gran prestigio y nombradía.
No quiere decir esto que al Sr. Sancho, aunque mecido en auras de su talento científico, le fuesen indiferentes las luchas políticas de nuestro país; antes por el contrario, nacido de padres amantes de las libertades patrias y de los derechos del hombre, aunque sin haber tomado parte activa en la política española, habiendo aspirado los fétidos miasmas de una política fanática y opresora, y sobre todo despótica y desleal, estas causas habían de influir en su razón para apartarle lejos de ellas y marcar en su alma hondo sentimiento por la causa de la libertad.
Esta impresión engendrada en el Sr. Sancho bajo la funesta dominación del más malo entre lo peor de los Borbones, dio sazonado fruto al terminar su carrera literaria en el referido año de 1841, en que después del abrazo de Vergara en agosto del 39, que puso fin a una lucha fratricida, cuya duración de siete años dio la victoria al partido de Isabel contra el del imbécil infante D. Carlos, hermano digno de su digno hermano Fernando VII; después de deslindado el campo liberal entre moderados y progresistas, bandos políticos que vinieron a renovar, aunque en detall, las agitaciones anteriores; después, en fin, que el partido exaltado victorioso obtuvo el triunfo de arrojar de la regencia del reino a Doña María Cristina, regencia que hubo de entregársela al héroe de Peñíscola y de Morella; el Sr, D. Joaquín Sancho se decidió a abrazar la causa del general Espartero, y con ella la del progresismo verdaderamente liberal. 
Nuestros lectores han de perdonamos, y con ellos el protagonista de este artículo, una explicación del concepto “progresismo verdaderamente liberal” que acabamos de aplicar a la escuela política en que milita el Sr. Sancho desde 1841 hasta el día.
En este mismo año, algunos hombres funestos del partido liberal, movidos por una ambición desmedida y sin títulos en que apoyarla, envidiosos de la gloria justa que rodeaba al pacificador de España; y mal avenidos, por último, con aquel orden de cosas que les posponía a un simple militar, siquiera éste valiese más que todos juntos de sus enemigos, empezaron con sordas conspiraciones a minar la regencia de Espartero, causándole molestias y proporcionando a la España, agobiada ya por tantos trastornos, sucesos tan sangrientos como el 7 de Octubre del mismo 41 en Madrid, y el bombardeo de Barcelona en Noviembre de 1842.
Nada de extraño tendrían estos episodios, si se quiere, atendiendo a que separados los moderados de los progresistas, esta separación había de dar origen á la lucha, aunque sirviera de base en que apoyar las mezquinas ambiciones de los primeros y nunca el bien de los pueblos españoles que pretendían los segundos; pero cuando recordamos que del seno mismo de la escuela progresista o exaltada se levantan hombres descontentos, unos, tal vez por ambición; otros dejándose llevar de su propia conciencia; que creían, con el más puro patriotismo seguramente, que la patria y la libertad peligraban y que al adherirse al pronunciamiento de1843 fundaban una nueva base, pero fortísima, en que debían apoyarse aquellos caros y sagrados objetos; entonces y sólo entonces es cuando escondemos de dolor el rostro en nuestras manos y decimos: ¿cómo y por qué fatalidad el partido progresista ha de ser siempre el matador de sí mismo? ¿Será, tal vez, imposible ir contra la fatalidad? ¿Será cierto lo que dice Víctor Hugo por boca de Claudio Frollo?... No sabemos; más para honra del partido progresista hay que creerlo así, o de otro modo, cegar.
Tamaños sucesos dieron por resultado desgraciadamente la caída de Espartero y con éste la de la situación liberal progresista en el mencionado año de 1843.
No perteneció por cierto D. Joaquín Sancho a los coalicionistas ambiciosos, pocos sin duda alguna, a que nos hemos referido en primer término: por el contrario, su honradez, su buena fe, su leal amor a las ideas liberales fueron causa de que creyera prestar un gran servicio a los intereses de la escuela progresista adhiriéndose a la coalición, y guiado de ese noble y laudable deseo, proponiéndose únicamente y creyendo alcanzar así el bien para la patria, tomó parte en el pronunciamiento antes citado, y fue individuo de la Junta revolucionaria de Guadalajara. Por eso hemos comprendido su buena fe, y al hacerle esta justicia, que con nosotros se la hacen también los liberales todos y especialmente los de su provincia, concedemos al Sr. Sancho el dictado de progresista verdaderamente liberal.
Pero la mayor y más grande prueba de la perfecta buena fe en el Sr. Sancho, al tomar sitio en el alzamiento del 43, es la que van a examinar nuestros lectores. 
Habíase reunido la Junta de Guadalajara, formándose con nueve individuos. En la elección de estos vio el Sr. Sancho que, en alguno, los principios liberales no podían servirle de móvil tratándose de la restauración de la patria liberal; y sospechando la trama, reclamó en la primera sesión el programa que debía ser norte y guía de su política, obteniendo de este modo que, previa la cuestión de Regencia, cayese la venda de sus ojos al oír que se clamaba por la mayoría en favor de Doña María Cristina, mientras que el Sr. Sancho, y con él algún otro, votaban en pro del ex-regente Duque de la Victoria.
Flanqueados los campos, el hoy Diputado por Guadalajara luchó cuanto pudo; más todo inútil. El bando moderado dio fin al bastardo proceder que era la enseña de este partido, consiguiendo quedar solo en el palenque político.
La conducta franca del Sr. Sancho fue y ha sido comprendida perfectamente, tanto en aquella época como después, por sus correligionarios y amigos, al brindarle con los más honoríficos puestos, que su constante amor a la libertad le ha hecho desempeñar con recta conciencia y nunca desmentido patriotismo.
Elegido alcalde primero de la capital en la Revolución de 1854, fue nombrado al mismo tiempo comandante del batallón de Milicia Nacional allí creado; cargos que demuestran la altísima confianza que a los liberales de Guadalajara merecía su representante de hoy en las Constituyentes.
Vencido en 1856 el partido progresista, como lo había sido en 1843, ante esa estrella fatal que le domina y que no es otra que el lema “principios antiguos y palabras nuevas” en que aquel parece apoyarse; la Unión Liberal, partido compuesto de elementos heterogéneos, pero que al fin sobre todas las otras apreciaciones políticas, tenía la gran ventaja y el sobresaliente valor de no llevar su vista a lo que pasado había, la Unión, esta moderna escuela, se alzó potente durante cinco años de dominación.
No fue exclusivista este partido, y de aquí data su grandeza; no se puso frente a frente con las necesidades de la época en que nacía, por eso dio libertad omnímoda, aunque dentro siempre de la ley; no proclamó el absurdo de economizar en la administración para salvar la Hacienda pública, aumentando con esto la miseria social; sin acordarse que estamos en pleno siglo XIX, en que, según la frase de un hombre importante, queremos “gastar a la antigua y vivir a la moderna”; y que es necesario, antes que todo, enseñar a los españoles cómo debe pagarse para que puedan cobrar después, o lo que es lo mismo, que la Hacienda se salva, no con economías fútiles de servicios públicos, siempre necesarios, sino con buenas y sabias leyes, protectoras de la industria, vivificadoras de la agricultura, favorecedoras del comercio libre; para que de este modo, aumentándose la riqueza del país y los medios de llegar a ella comprendan el agricultor favorecido, el industrial y el comerciante ganosos en sus afanes, que, a medida que ellos se lucran y prosperan, están en el deber sine qua non de ayudar á las cargas públicas y sostener con todas sus fuerzas la máquina administrativa, hoy amplificada por la fuerza ineludible del tiempo, y con este de las necesidades sociales y políticas de nuestro siglo.
Pretender que la hacienda puede hallar su salvación con economías en los empleos, con vejaciones a los empleados, que no por serlo dejan de ser tan buenos como cualquiera otros, olvidándose de que desarrollando las fuentes de riqueza, puede un día ayudarse, como ya hemos dicho, por el contribuyente, sin gran perjuicio, a las cargas del Estado, puesto que ve premiadas con creces sus tareas, es pretender un fantasma; es una de tantas ilusiones de algunos hombres de nuestro país que, al querer darse aires de hacendistas, solo demuestran su profunda ignorancia y su pedantismo ridículo.
La Unión liberal no cayó en este escollo, como no había caído tampoco en el de la política; y en todo dio muestra de vivir con la época social, atrayendo á sí los elementos nuevos, cuyas doctrinas se habían formado entre las mismas necesidades a que nos hemos referido antes. Fue buscando lo que creía mejor, atrayéndolo, y por este arte vióse rodeado el partido unionista por las ramas jóvenes del viejo tronco político, ramas que, avanzando más en los principios que la escuela progresista, no llegaba en las palabras a donde siempre ha llegado este.
No pudo la Unión, por lo tanto, pasar su mano sin recoger algunos de esos elementos expresados, y cuyos componentes eran juventud y talento. Nada debía preguntárseles acerca de sus antecedentes políticos; podían seguir sustentando las doctrinas que juzgasen oportunas; bastaba solo a llamarse unionista, prestar la colaboración de su talento en servicio del país.
Sin embargo, muchos hombres importantes vieron un grave mal en la formación de ese partido, y no quisieron apoyarle. Así el Sr. Sancho, al aceptar el cargo de consejero provincial de Guadalajara durante algunos meses de aquella dominación, lo hizo por conveniencia del partido progresista, con cuyo acuerdo aceptó dicho cargo, consignando antes, después y siempre, que en él no haría sino política progresista, como lo hizo en efecto.
Había sido el Sr. Sancho fiscal letrado del Juzgado privativo de Ingenieros hasta el año 1848, y desde aquella fecha es asesor del propio Juzgado; pero ni uno ni otro cargo tienen conexión con la política, y el buen desempeño del último le ha valido estar hoy condecorado con la cruz de Isabel la Católica.
Siempre adherido a sus ideas políticas, firme cimiento y sustentador del partido liberal, ni las persecuciones y disgustos por que el bando moderado le hiciera pasar, han entibiado un sólo instante su inquebrantable y decidida fe política.
Su severidad en estos principios jamás se ha visto supeditada a los halagos del poder que, al ofrecerle en muchas ocasiones por los moderados mismos altos y lucrativos destinos, no se tuvo en cuenta más que su gran talento, olvidándose de su rara modestia y firmeza política.
Pero llegó para España el día del triunfo; sonó en esta nación desventurada el grito de “honra y libertad”, y el Sr. Sancho no fue de los que, habiendo preparado tiempo antes el movimiento revolucionario de Guadalajara, como que formaba parte del comité central en representación de su provincia, dejase de figurar en Setiembre de 1868 como uno de los primeros y principales adalides y defensores de la Revolución, en la capital de la Alcarria.
Elegido, por tantos y tantos servicios a la causa, liberal vicepresidente de la Junta revolucionaria, demostró a sus enemigos políticos de aquella localidad, a los moderados cuán grande era su generosidad en la victoria, como valiente y firme había sido su conducta en los momentos del peligro y de la lucha, dándoles inequívocas muestras y fehacientes testimonios de ello en los momentos más azarosos y críticos.
Por todo fue elevado al alto puesto, aunque muy merecido, de Diputado Constituyente por la provincia de Guadalajara; siguiendo en este importante cargo su marcha de progreso y resuelto a no omitir sacrificio alguno por el triunfo y consolidación de los principios políticos escritos en el programa de Cádiz, y que sirvieron de base a la actual Revolución española. 
Tal es en su vida pública el distinguido representante alcarreño. Por lo demás, el Sr. Sancho y Garrido, que debe a su reputación como abogado la modesta fortuna que posee, es afable en su trato particular, amigo de sus amigos, nada fastuoso en su modo de vivir, y parco en sus aspiraciones: es, por último; el que comprende que nunca mejor brilla la aureola del sabio, que cuando se encuentra rodeada de las virtudes del hombre honrado y modesto.
Julio de Sigüenza, 11 de junio de 1869.

29 de enero de 2012

Los conquistadores del pan, por Anselmo Lorenzo

Anselmo Lorenzo es una de las personalidades más destacadas del proletariado europeo, un pionero de las luchas por la emancipación social que, como anarquista consecuente, ni tuvo cargos, ni disfrutó honores, ni gustó del éxito individual. Por eso mismo, constantemente hay que rescatarlo de ese olvido interesado de las clases dominantes y de sus cómplices académicos. Como prueba de su lucidez, reproducimos el que, seguramente, sería su último artículo, en el que disecciona el trasfondo de la Gran Guerra mundial y se mantiene firme en la defensa del ideal libertario. Publicado en 1915 en un número especial de Tierra y Libertad, le acompañaba esta breve nota: “Este artículo lo escribió pocos días antes de morir para publicarlo en la prensa burguesa, lo que no pudo conseguir a pesar de los esfuerzos que hizo”. Hoy ve de nuevo la luz en La Alcarria Obrera.

La guerra europea ha producido una importante e inesperada escisión en el proletariado emancipador.
De una parte se han presentado quienes, considerando al imperialismo germánico como la amenaza más peligrosa para el ideal, y en atención a los antecedentes revolucionarios y democráticos de Francia y de Inglaterra, prescindiendo de la significación absolutista de Rusia, piensan que los trabajadores deben contribuir directa, moral y materialmente a la destrucción de la soberbia alemana.
Otros, firmes sostenedores de los principios y de las aspiraciones de La Internacional de Trabajadores, mantienen su oposición a la guerra, viendo en la actual el resultado de la dominación del capitalismo, formado sobre el arcaico y aún vigente concepto legal de la propiedad romana, y de los imperialismos en lucha por la hegemonía mundial, y declaran que aceptar la guerra, tomando parte voluntariamente en ella, es claudicar; peor aún, es renegar, con lo que únicamente se consigue favorecer a la burguesía explotadora, fortalecer el Estado tiránico y anular la personalidad proletaria.
En España se tiene noticia de esa escisión por la información de la prensa, que transmite las manifestaciones públicas del proletariado extranjero, especialmente inglés, francés, italiano y portugués, sin que el español, hasta la hora presente, haya dicho una palabra sobre tal asunto, casi reducido al miedo, a la amenaza del hambre y atareado en la ineficaz faena de arbitrar recursos, de acuerdo con las autoridades, para atenuar la crisis de subsistencias y de trabajo.
Considero esta actitud indigna de la mentalidad y de la pujanza de los trabajadores españoles, manifestada en la prensa obrera y en una serie de actos que, a partir del Congreso Obrero de Barcelona de 1870 hasta la fecha, alcanzaron gran importancia histórica, y les excito a que suelten prendas y a que den la cara, como corresponde a quienes han de desempeñar una función progresiva, sobre todo en estos momentos en que tanto preocupa el pro y el contra de la neutralidad.
Téngase en cuenta que el capitalismo, en su existencia actual de trusts monopolizadores y de grandes compañías explotadoras, no vive ya de la explotación directa del obrero, sino del empréstito, del crédito, del agio, de la especulación comercial, de la exportación de productos y de la conquista de mercados, alcanzando ya su más alta expresión en el imperialismo, monstruo insaciable de conquista y de dominación.
Alemania ha realizado el tipo de Estado militarista: si triunfara en la actual guerra, aumentaría indefinidamente su poder, pero reconózcase que si triunfaran los aliados, no resultaría vencedora la justicia, sino el mal menor, que ha seducido a los anarquistas convertidos en oportunistas, porque la victoria se repartiría entre naciones sin homogeneidad posible, incapaces de constituir cada una por sí un peligro predominante, teniendo además el contrapeso de contraer en sí mayor resistencia popular y mayor fuerza de tradición revolucionaria.
Es evidente que esta guerra es causada por el capitalismo, por los diversos imperialismos más o menos poderosos, por los diferentes partidos militares, por los múltiples intereses sostenidos con la guerra y con la paz armada y por los antagonismos industriales y bancarios. Es indudable que ningún Estado combate con sinceridad por la libertad, por la civilización, por el progreso, y de lo que positivamente se trata es del engrandecimiento capitalista de cada nación, o a lo menos de la defensa mutua de las naciones relativamente débiles ante la monstruosamente predominante; de donde resulta que la acción guerrera de los trabajadores redundaría en su propio daño, porque desharía su obra, anularía su propaganda, desvanecería su rudimentaria organización y hasta les privaría de base racional de toda protesta y rebeldía, ya que por hecho de sentar plaza de soldados renuncian a sus inmanentes derechos.
No se olvide que los que, en defensa de un Estado, hablan de la guerra como medio de imponer al mundo un ideal de civilización y de paz contra otro de disciplinaria esclavitud, se reservan como garantía la superioridad industrial y comercial; aspiran, con el predominio económico, al económico; quieren la victoria y el imperio para reinar en el mundo desde el mostrador y el escritorio, ostentando como cetro, no una varilla sino metro de oro; venden civilización, no la regalan, reservándose la consiguiente ganancia; resultando en último término que si en todo contrato de compraventa, el reducido a constante comprador permanece en rutinario estancamiento, el vendedor acumula ganancia sobre ganancia y al fin se enriquece a costa de la clientela.
Expuesto así el asunto, me propongo demostrar que la guerra actual representa el fracaso del Estado, consecuencia de fracasos anteriores, especialmente los sufridos por las clases dominadoras, no directoras, la aristocracia y después la burguesía; que el proletariado se presenta como el elemento salvador y verdaderamente progresivo, sin que el trastorno ocasionado por la guerra tenga más significación que el de incidente molesto y perturbador dominable, ni que las declaraciones retroactivas hechas recientemente por prestigiosos santones tengan más significado que el de síntomas de debilidad cerebral y de casos de morboso pesimismo individual.
A la vista de tanta ruina y desolación, para consuelo y racional esperanza de mis compañeros los trabajadores, deseo divulgar este grandioso pensamiento de Reclus: “A los conquistadores del pan, es decir, a los hombres de trabajo, asociados, libres, iguales, desprendidos del patronazgo, se halla entregada la causa del progreso. A ellos tocará introducir al fin el método científico en la aplicación a los intereses sociales de todos los descubrimientos particulares”.

26 de enero de 2012

Estatutos de la FAI

La Federación Anarquista Ibérica ha sido la organización específica más importante del anarquismo hispano. Desde su fundación, en el año 1927, ha soportado el ataque de todos los enemigos del anarquismo que, adscritos a una imaginaria teoría conspirativa, han intentado culparla de la hegemonía de los ácratas en el movimiento obrero español y, más tarde, responsabilizarla de todos los desmanes ocurridos en la Guerra Civil. Mientras tanto, la FAI, fiel a su ideario libertario, ha rechazado la legalización oficial y la bendición de las instituciones políticas o económicas. Sólo en una ocasión, durante la crisis de la Revolución Social, legalizó sus Estatutos y acudió a las vías legales, aunque revolucionarias. Ofrecemos ahora esos Estatutos, tan interesantes como poco conocidos.
Pegatina de la FAI (Archivo La Alcarria Obrera)

CAPÍTULO PRIMERO
DE LA ORGANIZACIÓN Y SU FINALIDAD
ARTÍCULO I°. A los efectos legales se constituye en la Península Ibérica, con sede central en Valencia, una Organización que, denominada FEDERACIÓN ANARQUISTA IBÉRICA, estará integrada por todas las individualidades que acepten el ideario y programas reflejados en estos Estatutos y las normas de conducta que se establezcan en los Plenos y Congresos que se celebren.
ART. 2º. Los objetivos fundamentales que se propone lograr la FAI son:
a) Anulación de la explotación del hombre por el hombre, socializando todos los medios de producción y distribución.
b) Imposibilitar toda dictadura de casta o partido que pretenda imponer en la Península Ibérica, formas políticas y totalitarias y establecer, en cambio, la colaboración cordial de todos los sectores político-sociales que coincidan en lo fundamental para la creación de una sociedad sin clases y sin privilegios.
c) La federación libre de todos los pueblos de Iberia, respetando la máxima autonomía del Municipio, Comarca o Región, en cuanto no comprometa al pleno desenvolvimiento del conjunto.
d) Desterrar los prejuicios de Raza y Patriotismo que tiendan a diferencias entre seres semejantes, para llegar a establecer la verdadera fraternidad entre los Pueblos del mundo.
e) Propulsar el libre desarrollo de las ciencias y las artes, de manera que el pensamiento humano pueda llegar a sus más elevadas concreciones; para lo cual la escuela ha de ser, desde los primeros grados hasta el superior, totalmente gratuita, orientada contra todo dogma que lesione la formación infantil dentro de los marcos reconocidos como derechos del niño.
f) Mantener cordiales relaciones con las organizaciones que tiendan a l logro total o parcial de esta finalidad y en especial con la CNT y FIJL.
CAPÍTULO II
DE LOS AFILIADOS
ART. 3°. Podrán ser afiliados a la FAI todos los trabajadores manuales e intelectuales de uno y otro sexo que, acertando íntegramente las aspiraciones reseñadas en el capítulo anterior, estén dispuestos a cooperar por su realización, ateniéndose a los acuerdos que a este efecto tome la Organización.
ART. 4º. Para ingresar en la Federación el aspirante debe de enviar su solicitud a la Agrupación Local o de barriada existente donde resida, avalada por dos afiliados efectivos. Será concedido el ingreso, si el resultado de la información que previamente se abra es satisfactorio.
ART. 5º. Serán afiliados efectivos con posesión de todos los derechos:
a) Los que estuvieran encuadrados en el movimiento anarquista antes del mes de julio de 1937.
b) Los que, al solicitado, prueben documentalmente haber actuado como militantes de las Organizaciones sindicales, culturales, etc., afines al anarquismo, con anterioridad al 1 de enero de 1936.
ART. 6º. Una vez admitidos, los afiliados que no reúnan las condiciones de las señaladas en el artículo anterior, no podrán ostentar cargos ni representaciones, hasta después de transcurridos seis meses de su ingreso Si se considerara preciso hacer alguna excepción, sería menester para lograrla, consultar a la Federación Regional de Agrupaciones y que ésta diera su consentimiento.
ART. 7º. Para que la Federación pueda hacer frente a las necesidades económicas que su sostenimiento le plantea, los afiliados deberán satisfacer puntualmente la cuota mensual establecida.
ART 8°. Todo afiliado deberá proveerse, por mediación de la Agrupación Local correspondiente, del carnet de identidad expedido por el Comité Peninsular. Este carnet, además de la filiación e historial social de cada afiliado, llevará la hoja de cotización, donde deberán colocarse los cupones justificativos de haber satisfecho la cuota correspondiente.
ART. 9º. Ningún afiliado podrá pertenecer a dos Agrupaciones a la vez; ni de la localidad ni de distinta población. Tampoco podrá pertenecer a la Agrupación anarquista de otro lugar distinto a aquel donde lleve residiendo tres meses como máximo.
ART. 10º. Cuando un afiliado haya de trasladarse de localidad, estará obligado a que el Comité de la Agrupación a que pertenece haga constar en el carnet la conducta observada por su poseedor. Sin este requisito no podrá ingresar en la Agrupación de la nueva localidad que tome por residencia.
ART. 11. Todo afiliado a la FAI estará obligado a responder al llamamiento de sus respectivos Comités para desempeñar las funciones que por éstos le sean confiadas y estén de acuerdo con la línea general de conducta que la Federación tenga trazada.
CAPÍTULO III
ESTRUCTURACIÓN DE LA FEDERACIÓN
ART. 12. La Federación Anarquista Ibérica, en su nueva estructuración, estará articulada en los siguientes organismos:
a) Agrupación de Distrito, subdivisión de la Agrupación Local en las poblaciones de más de 60.000 habitantes cuyo desarrollo orgánico lo permita.
b) Agrupación Local, representación genuina de los afiliados en cada población.
c) Federaciones Regionales, formadas por todas las Agrupaciones Locales existentes en la Región.
d) Federaciones Comarcales si se estimara conveniente, pero sin mermar las facultades de las Agrupaciones Locales. Se subdividirán las Federaciones Regionales en Comarcales.
CAPÍTULO IV
DE LOS ORGANISMOS LOCALES
ART. 13. Integrarán la Agrupación Local Anarquista todos los afiliados residentes en un mismo término municipal. Se regirán por estatutos propios basados en los presentes y en los cuales se haga constar claramente la aceptación absoluta de los Estatutos Generales de la FAI.
ART. 14. La Agrupación Local estará administrada y regentada por un Comité compuesto de los siguientes miembros: Secretario, Tesorero, Contador, Vice-secretario y cinco vocales. Todos nombrados en asamblea general de la Agrupación.
ART. 15. Cuando la población donde se constituya la Agrupación Local tenga más de sesenta mil habitantes y las posibilidades orgánicas lo permitan, se crearán Agrupaciones de Distrito entre las cuales formarán la Agrupación Local, siendo de competencia absoluta de ésta la representación de ellas en el orden administrativo, de relación y a los efectos generales en la Federación.
ART. 16. Se creará en cada Agrupación, nombrada en asamblea general, una Comisión denominada de Admisiones que, en contacto con el Comité, pero respondiendo ante la asamblea que la eligió, cuidará de:
a) recibir las adhesiones de los aspirantes a afiliados;
b) abrir la información que cada una requiera; y
c) conceder el ingreso a quien sea acreedor de ello.
ART. 17. Quedará a cargo del Comité Local, el nombramiento de Comisiones técnicas especiales para facilitar el desarrollo y buen funcionamiento de la Organización. Estas comisiones se limitarán a ser auxiliares eficientes del Comité que es el organismo sobre quien pesa la responsabilidad directa ante los afiliados.
ART. 18. EI Comité Local habrá de reunirse obligatoriamente en sesión plenaria una vez a la semana y extraordinariamente cuando sea menester.
ART. 19. Cuando la Agrupación Local esté compuesta por agrupaciones de distrito, el nombramiento y composición del Comité será llevado a cabo de la siguiente forma: Secretario, Vice-secretario, Contador y Tesorero, serán nombrados por el Pleno de las Agrupaciones de distrito al que llevarán éstas la opinión de sus afiliados y como Vocales actuarán un representante directo de cada Agrupación de distrito.
ART. 20. La Agrupación de distrito estará integrada por los afiliados domiciliados en el término de la división urbana donde se constituya. Cuando a juicio del Comité Local, se encuentren en número insuficiente para formar una Agrupación los afiliados a la FAI domiciliados en un distrito, pertenecerán a la Agrupación más próxima de las existentes en la población.
ART. 21.La Agrupación de Distrito se verá obligada a sustituir al delegado que envió al Comité Local, si este fuera considerado incompatible con la mayoría de los miembros del citado Comité.
CAPÍTULO V
DE LOS ORGANISMOS REGIONALES Y PENINSULAR
ART. 22. Las Federaciones Regionales formadas por las Agrupaciones Locales existentes en la región geográfica que abarque cada una de ellas, serán tantas como regiones existen en la configuración actual de España, incluyendo Portugal que constará como una región más.
ART. 23. Cada Federación Regional estará representada por un Comité integrado por: Secretario, Contador y Tesorero, nombrados en Plenos o Congresos Regionales de Agrupaciones Locales y por cinco Vocales nombrados en la Agrupación Local donde tenga su residencia el Comité Regional.
ART. 24. Nombrará de su seno o con afiliados al margen, si lo creyera menester, pero estrechamente controlados, Comisiones técnico-asesoras para que estudien y dictaminen sobre los fundamentales problemas que se presenten: de orden político, económico, etc. Como los organismos auxiliares creados en las Agrupaciones locales, responden únicamente ante el Comité que les nombra, el Regional en este caso, que es el que asume la responsabilidad ante la parte de la Organización que representa y ante el Comité Peninsular.
ART. 25. La representación total de la Federación Anarquista Ibérica estará a cargo de su Comité Peninsular; que mantendré constante y directa relación con los organismos regionales y, por medio de éstos, con los Locales.
ART. 26. El Comité Peninsular estará integrado por los siguientes cargos: Secretario, Tesorero y Contador, nombrados en Congresos o Plenos peninsulares, en cuyo orden del día figuren la elección de cargos. Auxiliarán en los trabajos del Comité, formando parte del mismo, cuantos Vocales estimen pertinentes los miembros del secretariado elegidos dentro o fuera de la localidad de residencia, con la conformidad de la Organización.
ART. 27. La residencia del Comité Peninsular será determinada por cada Congreso ordinario de la Federación, o si circunstancias especiales lo exigieran, por un Pleno Peninsular de Regionales convocados al efecto.
CAPITULO VI
DE LOS CARGOS
ART. 28. La duración en el ejercido de los cargos de los diversos Comités de la Federación, será de un año, siendo renovados periódicamente y por mitad de componentes de cada Comité, en las condiciones que las Asambleas y Plenos determinen.
Podrán ser reelegidos para continuar el desempeño de sus cargos, aquellos compañeros que, a juicio de la Asamblea o Pleno que haya de hacer los nombramientos, sean considerados acreedores de ello.
ART. 29. Todos los compañeros que ostenten cargos en el seno de la Federación, responderán personalmente de su actuación y conducta, además de la responsabilidad colectiva que les incumba como parte integrante del organismo en que laboran.
ART. 30. Los delegados que la FAI pueda tener en cargos públicos, quedan, obligados a rendir cuentas de su misión y de su actuación a los Comités por quienes fueron nombrados, manteniendo estrecho contacto con ellos a fin de seguir en todo momento las inspiraciones que den en cada caso concreto.
ART. 31. Todo afiliado a la FAI que desempeñe cualquier cargo público, sea el que fuere el carácter del mismo, podrá, si su conducta es mala, ser desautorizado y cesar en el cargo tan pronto lo determinen los organismos adecuados de la Federación.
CAPITULO VII
DE LAS ASAMBLEAS, PLENOS Y CONGRESOS
ART. 32. La expresión más autorizada del movimiento anarquista organizado en cada localidad, reside en las Asambleas Generales de las Agrupaciones Anarquistas Locales. En ellas podrán manifestarse libremente todos los afiliados, pero tendrán únicamente voto los efectivos.
ART. 33. Se celebrarán asambleas generales periódica y regularmente, cuantas veces se determine en los Estatutos de la Agrupación y cuando, aconsejados por las circunstancias o solicitud de una parte de los afiliados, convoquen de forma extraordinaria los Comités.
ART. 34. Se manifestará regionalmente el sentir de la Federación por medio de los Congresos Regionales de Agrupaciones Anarquistas, a los que concurrirán éstas con representantes directos y acuerdos en firme sobre los diversos problemas que plantea el Orden del Día.
ART. 35. Los Congresos Regionales de carácter ordinario, tendrán lugar una vez cada seis meses y habrán de ser convocados directamente por el Comité Regional con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha de celebración.
ART. 36. Se podrá celebrar Congreso Regional Extraordinario, cuando a juicio del Comité Regional lo aconsejen las circunstancias y cuando sea determinado por acuerdos del Pleno Regional.
ART. 37. Para encauzar la marcha del movimiento de acuerdo con el sentir general de la Organización, aún en aquellas cuestiones de trámite o generales que no exijan un Congreso para ser tratadas, o que puedan esperar la celebración del próximo ordinario, se reunirán regularmente cada dos meses en Pleno Regional, los representantes de Comités de Agrupaciones Locales.
ART. 38. A todos estos Comicios, Plenos y Congresos de carácter regional, deberá ser invitado el Comité Peninsular para que concurra con delegación directa. Su asistencia es discrecional en los Plenos, pero obligatoria en los Congresos.
ART. 39. La Federación Anarquista Ibérica se reunirá en Congreso Peninsular una vez al año. A este comicio, manifestación máxima de la soberanía de la Federación, concurrirán las Agrupaciones Locales de la Península, con representaciones directas. Los Comités Regionales habrán de estar obligatoriamente presentes, pero su delegación no tendrá más que carácter informativo.
ART. 40. En cada Congreso de los citados en el artículo anterior, será obligado que figure en el Orden del día: Rendición de cuentas y exposición de los diversos aspectos de su gestión por el Comité Peninsular. Nombramiento de los cargos que reglamentariamente cesen y aquéllos vacantes por dimisión o causas diversas. Determinar residencia del Comité Peninsular y fijar la posición sobre cuantos problemas fundamentales interesen al movimiento para marcar las normas de la conducta futura.
ART. 41. El Congreso deberá ser convocado normalmente, enviando a las Agrupaciones, para que obren en su poder con mes y medio de antelación, el Orden del día y los Dictámenes e Informes correspondientes, que habrán de confeccionarse obligatoriamente por el Comité Peninsular.
ART. 42. Podrá celebrarse un Congreso Peninsular Extraordinario, a solicitud de más de dos regionales y por acuerdo de un Pleno Peninsular de las mismas. En estos comidos se tratará únicamente de las cuestiones que hayan determinado la convocatoria.
ART. 43. Cada trimestre natural deberá celebrarse un Pleno Peninsular de Regionales, que sirva para colaborar con el Comité Peninsular en la orientación de la Organización, para la resolución de aquellos problemas de trámite que no tengan la importancia reclamada por los que deben tratarse en Congresos, y para solucionar cuantos problemas de carácter urgente e importante puedan presentarse. Además de estos Plenos trimestrales, se celebrarán cuantos estime pertinentes convocar el Comité Peninsular.
ART. 44. Concurrirán como delegados a los citados Plenos, las representaciones de los Comités Regionales o de los Plenos Regionales que sean designados por ellos.
CAPÍTULO VIII
DE LAS RESPONSABILIDADES
ART. 45. La conducta de los afiliados en aquel orden que afecte a los intereses morales y materiales de la Federación, podrá y deberá ser examinada por las Agrupaciones Anarquistas. En los casos de irregularidad en el proceder, el Comité de la Agrupación propondrá la sanción adecuada a la Asamblea General que determinará en definitiva.
ART. 46. Cuando el afiliado mencionado no esté conforme con la sanción que se le haya impuesto, por considerarla injusta, podrá recurrir en demanda de revisión al Organismo inmediato superior al que le aplicó la sanción; y mientras se resuelve en definitiva -el fallo tendrá carácter definitivo-, acatará el mandato de la Asamblea que le condenó.
ART. 47. El afiliado que lance acusaciones contra otro compañero de organización, tenga cargo o no, y no pruebe la veracidad de éstas, cuando se le requiera para ello en el seno de la Organización, será sancionado inexorablemente en la proporción de gravedad de la calumnia lanzada, pudiéndose llegar por motivos de esta índole a la expulsión.
ART. 48. Los Comités de los diversos Organismos que integran la Federación, podrán pedir cuentas de la gestión que desempeñan en los cargos públicos, a aquellos compañeros que hayan nombrado y aplicarles la sanción oportuna, pudiendo el interesado recurrir contra el acuerdo, ante el Comité Peninsular.
CAPÍTULO IX
DE LA DISOLUCIÓN DE LA FEDERACIÓN
ART.49. La Federación Anarquista Ibérica no podrá disolverse, mientras quede alguna Agrupación que desee continuar perteneciendo a ella.
ART. 50.  Caso de disolución, los enseres, valores muebles e inmuebles, valores en cuenta corriente o en metálico en caja, pasarán a poder de las entidades Culturales y de Asistencia Social que existiendo en el país, tengan como base de existencia y norma de conducta los principios más afines con el anarquismo.
La Federación Anarquista Ibérica está domiciliada en Valencia en la calle de la Paz, 25, 1°.
Presentado por duplicado, hoy día de la fecha en este Gobierno Civil a los efectos de lo prevenido en la ley de Asociaciones de 30 de Junio de 1887.
Valencia, a 23 de Agosto de 1937