Prescindo de los mayores trabajos que para toda clase de negocios tienen que afluir por fuerza a las dependencias generales de la provincia con este sistema, y del embarazo que esto produce para que la administración tenga el curso rápido que su naturaleza de activa exige. Mas no es posible dejar de estimar en toda su importancia la necesidad capital de que la administración sea buena, recta, ilustrada y económica, cual los pueblos tienen derecho a exigir de la solicitud del Gobierno de S.M. y de sus delegados en las provincias. Y esto sin embargo no es fácil conseguirlo, cuando como sucede en este país, la generalidad de los municipios son pequeños, en extremo pobres y sin medios por consecuencia de atender a sus necesidades.
Conozco que la división en todos los ramos facilita por punto general los servicios, y produce adelantos, prosperidad y progresos, pero la extrema subdivisión solo trae en pos de sí pobreza, abandono, y a veces hasta inmoralidad y embrutecimiento. No es posible una buena administración local donde el Secretario de Ayuntamiento, alma de estas corporaciones, solo tiene doscientos reales de sueldo. La actitud de un funcionario dé esta índole tiene que ser escasísima, sus conocimientos ningunos, sus trabajos detestables, estando además su moralidad muy expuesta.
Con presupuestos de mil reales, ni puede aspirarse á mejoras dé ninguna clase, ni en tener escuelas, ni aun siquiera facultativos que asistan al vecindario en sus enfermedades, como creo sucede por desgracia en muchos Ayuntamientos de esta provincia. Y cuajado por falta de recursos las atenciones más apremiantes de un pueblo están desatendidas; es un absurdo sostener solo por un capricho o una vanidad Ayuntamientos que no tienen condiciones de vida, antes por el contrario, conviene suprimirlos y así puede y debe hacerse según lo dispuesto en el artículo 27 de la ley municipal vigente.
En su virtud, y considerando que aglomeradas varias poblaciones para formar un Ayuntamiento los servicios públicos podrán llenarse con más economía y decorosamente, he creído oportuno dirigirme a V.E. para que tenga la bondad de fijar su atención sobre este punto, contando desde luego para la reforma, en sentido de la reducción de Ayuntamientos, con mi concurso y acuerdo. Dios guarde a V.E. muchos años.
Guadalajara, 7 de octubre de 1856.
Juan Jiménez Cuenca.
(Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, 8 de octubre de 1856).
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